Cátedra de Filosofía del Derecho (UES, Ciclo II, 2013) impartida por la Licda. Doris Luz Rivas Galindo.
Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales

jueves, 26 de septiembre de 2013
Sentencia Icnal. de la Ley Contra el Crimen Organizado. La Sala de lo Constitucional declara Inconstitucional el inc. 3° del art. 1 de la Ley Contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja, específicamente en cuanto utiliza los términos “alarma y conmoción social” como circunstancias para fijar el ámbito de competencia de los tribunales establecidos en la referida ley; los cuales son vagos e indeterminados, y por ello incompatibles con el mandato de certeza contenido en el principio de legalidad y la prohibición de fuero atractivo –art. 190 Cn.– El resto del mencionado inciso queda vigente, y por lo tanto sujeto a aplicación por los tribunales respectivos.
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